Acceso
Ley de Transparencia

 

Con el objeto de verificar que la información pública que recibe cualquier persona es la versión más actualizada, el Ente Público deberá difundir, dentro del primer mes de cada año, un calendario de actualización, por cada contenido de información y el área responsable.
En caso de que no exista una norma que ya instruya la actualización de algún contenido, éste deberá actualizarse al menos cada tres meses. En todos los casos se deberá indicar la fecha de la última actualización por cada rubro a los que se refieren este Capítulo.

 

LTAIPDF Artículo 76. "El recurso de revisión podrá interponerse, de manera directa o por medios electrónicos ante el Instituto. Para este efecto, las oficinas de información pública al dar respuesta a una solicitud de acceso, orientarán al particular sobre su derecho de interponer el recurso de revisión y el modo y plazo para hacerlo."


De conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, las Asociaciones Políticas (Partido Nueva Alianza D.F.) al inicio de cada año deberán elaborar un listado de la información que detentan, así como de la información clasificada como de acceso restringido.

Área que genera el documento: Oficina de Información Pública.
Fecha de validación: 31 de dicembre del 2011


* Información publica

* Información de acceso restringido

En Nueva Alianza estamos comprometidos y convencidos en que la transparencia es el camino para obtener la confianza de los ciudadanos de esta capital; hemos sido impulsores y defensores de la ley de transparencia razón por la cual en este apartado encontraras la información que con forme al artículo 222 fracción XXII del código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Distrito Federal el cual señala: "Garantizar a las personas el acceso a la información que posean, administren o generen, en los términos establecidos en la Ley de Transparencia, así como, sin que medie petición, poner a disposición del público en sus oficinas, medios de difusión y en su sitio de Internet, en forma tal que se facilite su uso y comprensión por las personas y que permita asegurar su calidad, veracidad, oportunidad y confiabilidad, la información actualizada de los temas, documentos y actos se detallan:

(Los Partidos Políticos serán responsables de la información que se publique en su sitio de internet, por lo que se deberán proteger los datos personales y la información clasificada como reservada)

CategoríasArchivos

folder icon 11 Fracción a)

Estatutos, declaración de principios, programa de acción y demás normatividad interna

folder icon 10 Fracción b)

Estructura orgánica y funciones

folder icon 4 Fracción c)

Integración y mecanismos de designación de los órganos de dirección en los ámbitos del Distrito Federal, Delegacional y Distrital, según la etructura estatutaria establecida

folder icon 1 Fracción d)

Directorio de los órganos de dirección establecidos en la estructura orgánica incluyendo sus correos electrónicos, así como su domicilio oficial

folder icon 2 Fracción e)

Descripción y monto de los cargos, emolumentos, remuneraciones, percepciones, ordinarias y extraordinarias o similares, del total de sus integrantes y su plantilla laboral

NOTA DE CATEGORÍA:
*Hasta el día 31 de diciembre del 2011 el Comité de Dirección del Partido Nueva Alianza en el Distrito Federal no cuenta con personal eventual

folder icon 2 Fracción f)

Contratos y convenios suscritos para la adquisición, arrendamiento, concesiones y prestación de bienes y servicios

NOTA DE CATEGORÍA:
*Hasta el día 31 de diciembre del 2011 el Comité de Dirección del Partido Nueva Alianza en el Distrito Federal no tiene ningún convenio realizado
** Durante los ejercicios correspondientes a los años 2010 y 2011, no se cuenta con registro de contratos o convenios suscritos para la adquisición, arrendamiento, concesiones y prestación de bienes y servicios

 

folder icon 2 Fracción g)

Relación de bienes muebles e inmuebles adquiridos o enajenados

NOTAS:
* Hasta el día 31 de diciembre del 2011 el Comité de Dirección del Partido Nueva Alianza en el Distrito Federal no cuenta con bienes inmuebles

folder icon 12 Fracción h)

Monto de financiamiento público y privado, recibido durante el último semestre, y su distribución

NOTA DE LA CATEGORIA:
El único financiamiento recibido por este partido político fue público y privado desde 2005 a la fecha (diciembre 2011)

folder icon 15 Fracción i)

Informes entregados a la autoridad electoral sobre el origen, monto y destino de los recursos

folder icon 12 Fracción j)

Resultados de revisiones, informes, verificaciones y auditorias de que sean objeto con motivo de la fiscalización de sus recursos, una vez concluidas

folder icon 5 Fracción k)

Sentencias de los órganos jurisdiccionales en los que la asociación sea parte del proceso

folder icon 1 Fracción l)

Resoluciones dictadas por sus órganos de control interno

folder icon 3 Fracción m)

Los montos y recursos provenientes de su financiamiento que entreguen a sus fundaciones, así como los informes que presenten sobre el uso y destino de los mismos, sus actividades programadas e informes de labores

NOTA DE LA CATEGORÍA:
De acuerdo con nuestros documentos básicos, nuestras fundaciones no están obligadas a rendir informes de labores ni documentos análogos. Además de que no existe un archivo de programación de actividades para las mismas

folder icon 1 Fracción n)

Las resoluciones relativas a garantizar los derechos de sus militantes una vez que hayan causado estado

folder icon 2 Fracción o)

Convenios de coalición y candidatura común en los que participen, así como los convenios de frente que suscriban

NOTA DE LA CATEGORÍA:
El Partido Nueva Alianza no tuvo convenios de coalición ni convenios de frente en las elecciones de 2009. Conforme a la legislación electoral vigente las alianzas y coaliciones sólo se pueden dar entre varios partidos durante los procesos electorales, por lo que el Partido Nueva Alianza D.F., hasta el día 30-06-2011 no tiene suscrito convenio de alianza o coalición con algún otra institución política ni civil para las elecciones de 2009.
el Partido Nueva Alianza no tuvo convenios de candidatura común en las elecciones de 2009. Conforme a la legislación electoral vigente las alianzas y coaliciones sólo se pueden dar entre varios partidos durante los procesos electorales, por lo que el Partido Nueva Alianza D.F., hasta el día 30-09-2011 no tiene suscrito convenio de alianza o coalición con algún otra institución política ni civil para las elecciones de 2009.

folder icon 104 Fracción p)

Actividades institucionales de carácter público

folder icon 2 Fracción q)

Domicilio oficial y correo electrónico del área encargada de la atención de las solicitudes de acceso a la información, así como el nombre de su responsable

folder icon 1 Fracción r)

Las metas, objetivos y programas de sus diversos órganos

folder icon 6 Fracción s)

Los informes que tengan que rendir sus órganos con motivo de sus obligaciones legales y estatutarias, una vez que hayan sido aprobados por las instancias partidarias

folder icon 3 Fracción t)

Los acuerdos y resoluciones que emitan sus órganos de dirección en sus diversos ámbitos

folder icon 0 Fracción u)

Los convenios de participación que realicen con las organizaciones de la sociedad civil

NOTA DE LA CATEGORÍA:
Hasta la fecha 31-12-2011 el Comité de Dirección del Partido Nueva Alianza en el Distrito Federal no tiene suscritos de manera formal, convenios o acuerdos con organizaciones de la sociedad civil a pesar de que nuestro estatuto concede esta facultad, la cual sería generada por el área de Coordinación Político Electoral

 

folder icon 7 Fracción v)

Las actas de asambleas ordinarias y extraordinarias

folder icon 4 Fracción w)

Los informes de las actividades del Presidente y Secretario de su Comité Ejecutivo, así como de sus homólogos en sus diversos ámbitos

folder icon 1 Fracción x)

El nombre del responsable de la obtención de los recursos generales y de campaña

folder icon 4 Fracción y)

Los montos de las cuotas ordinarias y extraordinarias que establezcan para sus militantes, así como los límites a las cuotas voluntarias y personales que los candidatos podrán aportar exclusivamente a sus campañas

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